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Abstract:

El cambio climático es un hecho fuera de duda que requiere de una transición energética que avance hacia una economía descarbonizada en un escenario a medio y largo plazo con objetivos a 2030 y 2050.

Con este objetivo, el pasado día 30 de noviembre vio la luz el esperado paquete legislativo de energía y clima de la Comisión Europea, bajo el título de “Energía Limpia para todos los Ciudadanos”. Iniciativa comunitaria que comprende varias propuestas de Directivas, Reglamentos y otros documentos que marcarán el rumbo de la política energética de la Unión en los próximos años. La redacción final de todas estas propuestas, en estos momentos en fase de análisis y debate en el Parlamento europeo, sin duda será la herramienta clave para cumplir con los objetivos marcados por la Unión Europea que emanan del Acuerdo de París de 2016.

Una indudable apuesta política por el liderazgo de la Unión Europea en la transición hacia un sistema energético cada vez más respetuoso con el medioambiente, dando prioridad a la eficiencia, al desarrollo de renovables y al papel dinamizador del consumidor en el funcionamiento del mercado eléctrico. Un proceso que debe ser visto como un campo de oportunidad y progreso en la medida que afecta a multitud de sectores como el energético, transporte, industria, edificación, etc. y que exige de un análisis detallada de sus potenciales implicaciones económicas, sociales y medioambientales.

1. Introducción

El 30 de noviembre de 2016 la Comisión Europea presentó una ambiciosa propuesta legislativa que sienta las bases del futuro energético en Europa; futuro ligado a un profundo cambio en el modelo energético de los últimos veinticinco años y que toma como punto de partida los compromisos ambientales del Acuerdo de Paris. La propuesta denominada “Clean Energy for All Europeans” conjuga ya de forma definitiva objetivos energéticos y climáticos, pero esta vez como un pilar de una idea más transversal de crecimiento económico, desarrollo social e implicación de todos los agentes de forma muy especial de los consumidores. Popularmente conocido como “Winter Package”, esta propuesta no solo fija objetivos, sino que intenta establecer los mecanismos necesarios para su cumplimiento. Se intentan desarrollar una batería de medidas para hacer efectiva la transición energética en Europa y convertir este reto en una ventaja competitiva.

Europa tiene claro que se encuentra delante de una oportunidad que además le permite avanzar hacia la descarbonización de toda la actividad económica. Esta transformación se plantea como una vía de modernización económica y liderazgo mundial en sectores innovadores, asociada a la creación de puestos de trabajo de alto valor añadido y como forma de obtener una ventaja competitiva para la industria. Todo ello, al mismo tiempo que se consigue cumplir con los objetivos climáticos, reducir la dependencia energética y el coste de la energía para ciudadanos y empresas.

La propuesta se estructura sobre tres objetivos centrales. En primer lugar, la eficiencia energética en sentido estricto. “Puting Energy Efficiency First” se basa en la idea de que la energía más económica y limpia es aquella que no necesita ser producida ni consumida. La eficiencia energética debe ser vista como la opción más rentable para conseguir la descarbonización de la economía. En el ámbito del sector energético permite la optimización de la capacidad instalada, posibilitando la baja de instalaciones en desuso, obsoletas, o altamente contaminantes.

En paralelo se persigue el liderazgo mundial en renovables. “Achieving global leadership in renewable energies” no solo supone ser líderes en producción renovable sobre consumo final, sino ser líderes de la industria renovable. Convirtiendo Europa en el principal mercado y banco de pruebas mundial para el desarrollo e implementación de fuentes de energía renovable, se debe aprovechar para que la industria europea sea un agente principal en este proceso. La extensión futura de las renovables garantiza esta apuesta de futuro. A pesar que la experiencia con los paneles fotovoltaicos cierne algunas dudas sobre la factibilidad de este propósito, las interpretaciones son múltiples. En concreto, la propuesta aborda el caso de los paneles solares desarrollados en China afirmando que el 85% del valor añadido de las instalaciones fotovoltaicas en territorio europeo se queda dentro de nuestras fronteras.

El tercer gran objetivo de la propuesta es el consumidor. “Providing a fair deal for consumers” persigue el empoderamiento del consumidor. La transición energética dibuja un nuevo modelo en el que consumidor está en el centro del sistema. Un consumidor más activo, que pueda participar en el mercado, aunque sea de forma indirecta, ofreciendo energía. La figura del “prosumer” vertebra el nuevo enfoque. El consumidor puede ser a la vez oferente de energía, de acuerdo con innovadoras soluciones contractuales y la aplicación de las tecnologías de la información. El papel activo del consumidor permite un nuevo rol a la demanda y asegura la flexibilidad del sistema. El consumidor está más informado y accede a un mercado más transparente. Dentro de este empoderamiento del consumidor también se presta especial atención al tratamiento de la pobreza energética. Se intenta a través de distintas medidas que contiene la propuesta dar un nuevo enfoque a este problema.

Figura 1. Objetivos del nuevo paquete legislativo “Energía limpia para todos los europeos”
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Fuente: Comisión Europea

Esta contribución pretende delimitar los retos que se le plantean al sector energético a raíz de esta propuesta legislativa. Con este fin, el segundo apartado se dedica analizar los cambios que se proponen en el ámbito de las renovables para alcanzar el objetivo de liderazgo mundial. Estrechamente relacionado a la creciente penetración de renovables, en el tercer apartado se profundizará en las mejoras introducidas en el ámbito de la directiva eléctrica con el fin de modificar el mercado eléctrico. También se recogen los retos derivados de empoderar al consumidor. Posteriormente, en el cuarto apartado se centra la atención hacia la eficiencia energética. Otro de los pilares fundamentales de la propuesta y que obligará a los países hacer importantes esfuerzos en aras del ahorro energético. Finalmente, el último apartado analiza la perspectiva cada vez más europea de la regulación en el ámbito energético.

2. El papel de las Energías Renovables

La propuesta para las energías renovables parte del objetivo de representar el 27% del consumo final de energía en 2030, como objetivo vinculante para el conjunto de la Unión, pero sin vinculación a nivel individual para cada uno de los países. Un año después el parlamento europeo ha aprobado incrementar este objetivo en el proyecto definitivo de directiva hasta el 35%. Se supone que esta versión será la que se apruebe a finales de 2018.

Figura 2. Objetivos energéticos y medioambientales de la UE en 2020 y 2030
Draft Bejerano 164376899-image2.png Fuente: Comisión Europea

Lo que se pretende en este ámbito es generar mayor certeza al inversor creando un marco básico a nivel europeo. Este marco común afectara a los mecanismos de promoción de las renovables que se deberán estandarizar siguiendo criterios de mercado establecidos por las Directivas. Los criterios clave en que se basan estos cambios sobre los mecanismos es que estos deben ser abiertos a la participación transfronteriza, no permitir cambios con efectos retroactivos y, por último, que participen mayoritariamente en el mercado a pesar de recibir ayudas.

Otro aspecto fundamental es el tratamiento de la prioridad de despacho. Aunque inicialmente se pretendió su total eliminación finalmente se ha mantenido sin alteraciones para la generación existente, aunque si desaparece para nuevas plantas. Por el contrario, se especifica que el “curtailment” de generación renovable debe ser muy limitado. El principal cambio que se propone a nivel de mercado es acercarlo cada vez más al tiempo real y, de esta forma, reflejar las necesidades de la generación variable. La nueva propuesta también demandará que se permita a las renovables participar en los mercados de ajuste. Por otro lado, se propone simplificar los procedimientos administrativos para la consecución de permisos para nuevas plantas o “repowering”.

En relación al autoconsumo distingue entre autoconsumidor y comunidad energética. No se les establecen restricciones más allá de un límite de cantidad de MWh a evacuar a la red anualmente, y se les reconoce que la electricidad que inyecten a la red debe ser remunerada. Las comunidades energéticas tendrán la posibilidad de participar en el mercado.

Uno de los aspectos clave es la falta de una obligación vinculante para cada pais, que pone en duda el cumplimiento del objetivo final. No obstante, en la propuesta está incluida la capacidad de la Comisión de introducir ciertas medidas si se observa que se está lejos de cumplir los objetivos.

Los biocombustibles y la biomasa son parte integrante de estas energías renovables más allá de la eólica y solar. Estas tecnologías revestirán importancia especialmente en el transporte y en la generación eléctrica y climatización respectivamente. Se despierta un especial interés en la sostenibilidad de ambos combustibles derivándose en el caso de los biocombustibles aquellos más avanzados que no provengan de alimentos sino de residuos.

3. Cambios en el mercado eléctrico

Ante los cambios experimentados en el sistema energético por una creciente participación de plantas de generación renovable, era preciso la incorporación de cambios en las reglas del mercado para adaptarlo a esta nueva realidad. Estas modificaciones deben ayudar a incrementar la flexibilidad del sistema y garantizar la seguridad de suministro que la creciente participación de renovables no gestionables pudiera dificultar.

Una de las áreas a través de las cuales se quiere mejorar ambas características son las interconexiones y el comercio transfronterizo. A pesar del positivo desarrollo que se ha observado en los últimos años todavía se detectan limitaciones y restricciones al correcto direccionamiento de los flujos energéticos entre países. Es bajo esta lógica que la propuesta para la nueva regulación del mercado intenta resolver. Con tal de mejorar el trasvase energético entre países se recomienda invertir las rentas de congestión en reforzar la red allí donde pueden existir cuellos de botella cerca de zonas fronterizas. También se propone una mayor coordinación a nivel de TSOs a nivel regional que permita asegurar la red de forma óptima y maximizar su estabilidad.

Otros cambios que afectan al mercado mayorista son el incremento de la flexibilidad y la capacidad de respuesta de los mercados a corto plazo. Estas características se hacen imprescindibles ante la mayor presencia de generación intermitente. A ello también contribuye la eliminación de limitaciones sobre los precios, que permitiría enviar señales de precios para la inversión cuando se requiere flexibilidad. Estas señales de precios también ayudaran aumentar el incentivo para desatascar la participación de la demanda y de otras tecnologías como el almacenamiento.

El paquete legislativo se propone avanzar en la integración de los mercados energéticos, en especial eléctricos, y consolidar de forma definitiva un único mercado europeo de la energía. Para ello es necesario en primera instancia aumentar la cooperación entre los TSOs (Transport System Operators) y las NRAs (National Regulatory Authorities) regionales. Los principales avances son inicialmente en cuestiones de gobernanza que se abordaran en el último apartado, pero con importantes implicaciones para el futuro diseño del mercado. Precisamente, esta nueva propuesta de diseño de mercado está concebida para mejorar las señales de precios para dirigir la inversión allí donde es necesaria, porque existen congestiones de red o necesidades de cubrir la demanda, dejando considerar las fronteras nacionales.

Otra serie de modificaciones relacionadas con el mercado minorista son las que hacen referencia al rol central de los consumidores, como se ha señalado en apartados anteriores.

El enfoque de la propuesta se vertebra en torno al consumidor para lo que la información es un elemento clave para su toma de decisiones. Los consumidores recibirán información clara sobre su consumo y el coste del mismo a través de sus facturas que deberán especificar los costes de red y los impuestos por separado. Deberá existir al menos un comparador de ofertas de energía gratuito por cada estado miembro.

Otro aspecto de gran relevancia es la prohibición de establecer ninguna carga ni económica ni administrativa sobre el cambio de operador. La propuesta de normativa también exige el despliegue de los contadores inteligentes requiriendo justificación en caso contrario. Unido a esto se pide la introducción de contratos con precios dinámicos que varíen según el mercado mayorista para estimular la respuesta de la demanda. A la vez, se intentará estimular la participación de los consumidores y las comunidades energéticas generando su propia electricidad y ofreciendo flexibilidad. Estas opciones no se consideran compatible con la existencia de tarifas reguladas por lo que se pide su desaparición.

La nueva propuesta contempla el creciente volumen de renovables conectado a las líneas de distribución por lo que anima a los países miembros a incentivar la creación de DSOs (Distributed System Operators) que se encarguen de gestionar activamente las redes de distribución. Esto debería permitir conseguir importantes ahorros en la construcción de nuevas redes. Será también importante en este sentido definir con detalle las tareas de las que se deberán encargar los DSOs, así como su coordinación con los TSOs. En paralelo, se establece la creación de un organismo europeo que agrupe a los DSOs nacionales que se vayan creando.

Figura 3. El nuevo diseño de mercado
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Fuente: Comisión Europea

Los mercados de capacidad no están presentes estrictamente en la propuesta. La Comisión considera que los mercados de capacidad, tal y como están diseñados en algunos países de Europa, debilitan los esfuerzos de interconexión entre los distintos sistemas. El cálculo de la adecuación del sistema, que da pie a la demanda de nueva generación a través del mercado de capacidad, se realiza solo considerando el territorio nacional y sin considerar las interconexiones internacionales. El resultado es que los mercados de capacidad generan mayores costes de los necesarios para garantizar la seguridad de suministro. La orientación de la propuesta consiste en que los países fijen niveles de adecuación transparentes y verificables. No existirá restricción a la instauración de mecanismos de capacidad siempre y cuando cumplan la normativa de ayudas de estado y permitan la participación transfronteriza. También se debe garantizar que estos sean compatibles con las normas del mercado a nivel europeo y entre ellos mismos.

También se incluyen en la propuesta las vías para proteger a los consumidores vulnerables y pobres energéticamente. La nueva regulación obligara a los estados miembros a medir y monitorizar la pobreza energética. Por otro lado, se obligará a las compañías que informen a los usuarios sobre las alternativas disponibles a la desconexión. En el corto plazo, se seguirán permitiendo el uso de tarifas sociales para este tipo de consumidores, pero en el medio plazo se deben emprender medidas de eficiencia energética que ataquen las raíces del problema.

4. La Eficiencia Energética primero

La eficiencia energética es el tercer de los pilares de la futura política energética europea. Siguiendo la idea que la energía más barata y limpia es aquella que no se produce se presenta una modificación del marco normativo actual. La nueva propuesta legislativa sobre eficiencia energética incluida en el “Winter Package” presenta modificaciones sobre la Directiva de eficiencia energética y la Directiva sobre edificios. Las modificaciones persiguen conseguir el nuevo objetivo de mejorar la eficiencia energética en un 30% en el horizonte 2030 a nivel de la UE. A diferencia del objetivo de renovables, en este caso sí se establecen objetivos vinculantes individuales para cada estado miembro. La obligatoriedad del cumplimiento aporta mayor credibilidad a los inversores. Actualmente se está debatiendo en el Parlamento Europeo la posibilidad que el objetivo final que se apruebe sea del 40%.

En paralelo a estas modificaciones legislativas se proponen nuevas iniciativas como un Plan de Trabajo para el Ecodiseño, que pretende mejorar la eficiencia energética de los productos que salen a la venta. También se presenta la iniciativa “financiación inteligente para edificios inteligentes” que busca dotar de recursos a la renovación de los edificios para mejorar su eficiencia.

La principal aportación de la modificación sobre la Directiva de eficiencia energética es la extensión para el periodo 2020-2030 de los requisitos de ahorro energético fijados bajo el famoso artículo 7. A través de este artículo, que fija una obligación de un ahorro energético del 1,5% anual para cada país sobre las ventas de energía a consumidores finales, se espera conseguir la mitad del ahorro energético necesario para cumplir el objetivo.

El efecto de estos ahorros será acumulativo alcanzando en 2030 un 15%; si bien se concede flexibilidad en el cumplimiento del objetivo que debe alcanzarse al final del periodo. El principal instrumento utilizado con la normativa vigente era el Sistema de Obligaciones para la Eficiencia Energética. Este mecanismo obliga a los comercializadores energéticos a contribuir a un fondo para el desarrollo de medidas de eficiencia energética en función de su cuota de mercado. Una novedad de la nueva normativa será la equiparación del uso de medidas alternativas a la contribución al fondo a la hora de conseguir los ahorros de energía comprometidos. También se simplifica y clarifica el cálculo de los ahorros energéticos. Se le da un peso importante a la eficiencia energética como vía para paliar la pobreza energética, contemplándolo específicamente en el artículo 7 como medidas alternativas. Se encuentra también cierto continuismo en otros aspectos de la Directiva. Se mantiene la obligación por parte de los países miembros de monitorizar y reportar anualmente los ahorros energéticos conseguidos.

Los principales cambios que introduce la nueva Directiva de edificios es la perspectiva de largo plazo en la estrategia de renovación con el objetivo de descarbonizar todo el stock de inmuebles en el horizonte 2050. También se promueven aspectos tales como la automatización y la electromovilidad, que se completa con la introducción de un indicador que mida la “inteligencia” de la tecnología. Por último, se busca reforzar la conexión entre políticas públicas y financiación, así como, incrementar la disponibilidad de información acerca del consumo energético de los edificios.

Otra de las novedades es el plan de trabajo sobre ecodiseño que incorpora también medidas referentes al etiquetado. Se incluye una lista de nuevos productos que responden a desarrollos tecnológicos recientes con la finalidad de fijar los estándares eficientes. Los objetivos que persigue la regulación sobre ecodiseño son la consecución de acuerdos voluntarios que fomenten la autorregulación de la industria, mejorar la verificación de los estándares, prestar especial atención a la climatización.

La última de las iniciativas propuestas sobre eficiencia energética es la financiación inteligente. El objetivo de la Comisión Europea es movilizar financiación privada en proyectos de eficiencia energética y de energías renovables de pequeña escala. Las medidas concretas que van a permitir desbloquear un mayor volumen de recursos privados con estas finalidades se basan en un uso más efectivo de los fondos públicos, prestar asistencia directa al desarrollo del proyecto y, por último, ayudar a reducir la sobreestimada percepción de riesgo asociada a proyectos de eficiencia energética.

En resumen, la nueva propuesta para eficiencia energética extiende el plazo de aquellas políticas que han sido exitosas, como el artículo 7 de la directiva vigente. Intenta mejorar el resto de políticas existentes sea el caso de la Directiva de edificios. Refuerza aspectos clave como la financiación, pero también la coordinación y la cooperación entre los distintos agentes involucrados. Amplia el alcance y hace más estrictos los requisitos mínimos de ecodiseño.

5. La regulación energética adopta un prisma europeo

La consecución de una efectiva Unión Energética en Europa con unos ambiciosos objetivos climáticos es el motor que hay detrás del “Winter Pacakage”. La correcta entrada en vigor y funcionamiento de una Unión Energética, así como el cumplimiento de los compromisos medioambientales y energéticos solo será posible a través de una acción coordinada de los países miembros. En este sentido, era absolutamente necesario el desarrollo de las bases de un sistema de gobernanza conjunta para la Unión Energética. Este sistema de gobernanza alrededor de la Unión Energética se diseña de acuerdo con los principios de transparencia y confiabilidad así como de minimización de los costes burocráticos.

La base de esta gobernanza conjunta descansa en la obligación por parte de los países miembros de desarrollar planes energéticos y climáticos de forma regular. Estos planes recogerán los esfuerzos que llevarán a cabo los Estados para alcanzar los objetivos y serán evaluados por la Comisión que emitirá recomendaciones sobre su alcance y aspectos de ámbito trasnacional de forma coordinada. Los planes contemplaran 10 ejercicios, y se partirá de la situación vigente en el sistema energético y de las políticas medioambientales en vigor.

Una propuesta interesante para reforzar la cooperación será la posibilidad de recibir comentarios al plan nacional por parte de los otros países miembros, especialmente aquellos que se puedan ver afectados de alguna forma por las medidas o políticas propuestas. A partir de 2021, los países además se deberán encargar de emitir los informes sobre la evolución en el cumplimiento de los planes nacionales. La supervisión centralizada de los planes nacionales y los informes de evolución permitirá a la Comisión proponer medidas o emitir recomendaciones en el caso que se considere que los esfuerzos realizados no conducen al objetivo previsto.

Además, estos informes de evolución centralizaran todas las obligaciones de reporting que actualmente tienen los países miembros sobre emisiones, renovables y eficiencia energética evitando de esta forma duplicidades al responder a un único interlocutor.

El paquete “Clean Energy for All Europeans” aborda también otros importantes aspectos y, en concreto, se propone un importante reforzamiento de las competencias de ACER (Agency for the Cooperation of Energy Regulators). La Comisión Europea no oculta su pretensión de profundizar en la integración en una agencia europea de las máximas competencias regulatorias. Por el momento se han dado pasos en este sentido sin alterar la esquema de organización de ACER y de las NRA.

Desde Bruselas se considera que “la supervisión reguladora sigue estando fragmentada y acarrea un riesgo de decisiones divergentes y retrasos innecesarios. Un fortalecimiento de las atribuciones de ACER en temas transfronterizos que requieran una decisión regional coordinada permitiría lograr una toma de decisiones más rápida y eficaz de los problemas transfronterizos y de la regulación que esté implicada” (CE, Com(2016) . La actual normativa de ACER parece ser de transición, el objetivo del enfoque común, señala la Comisión Europea, es llegar a tener una agencia reguladora europea; por el momento se está diseñando el camino.

Figura 4. Nuevo marco regulador
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Fuente: Comisión Europea

6. Reflexiones finales

En suma, el paquete legislativo “Clean Energy for all Europeans” supone al cambio de mayor calado que deberá afrontar el sector energético desde la liberalización del mercado hace más de veinte años. Se revisa todo el sistema; el conjunto de actividades energéticas, los diferentes segmentos de la industria, el diseño del mercado, los mecanismos de fomento de la eficiencia energética, la gestión de las redes y de las interconexiones, las competencias supervisoras de las NRA y de ACER se reforman para avanzar en la transición energética dando alcance a los objetivos de energía y clima.

La propuesta atiende a los compromisos de la cumbre de Paris, pero no es ajena a los cambios tecnológicos y del mercado, de hecho, subyacen y dan fuerza al discurso de la nueva política energética. El encaje entre esta voluntad política de la UE y los cambios tecnológicos – energías renovables, aplicación de las TICs a las redes, smart metters, accesorios eléctricos y electrónicos de bajo consumo, entre otros muchos- es una tarea de gran envergadura que exige una impecable coordinación entre los estados miembros y entre la política energética y ambiental con medidas de fomento de la investigación y de la innovación enfocada a la industria. El alcance de los objetivos relativos a las energías renovables, eficiencia energética e integración de mercados debe a su vez asegurar a las empresas la capacidad para liderar la innovación y, en consecuencia, hacer de la economía de la transición la gran oportunidad para reforzar la ventaja competitiva de la industria energética europea.

El buen resultado del paquete legislativo dependerá sin duda de la Comisión Europea y de los gobiernos de los estados miembros, pero también y de manera destacada de las empresas y de los consumidores. La cooperación es fundamental para compartir los objetivos. La política de energía y clima debe facilitar la adopción de aquellas estrategias empresariales acordes con los objetivos fijados y las exigencias de los mercados y el desarrollo del nuevo papel del consumidor.

Figura 5. Facilitar el correcto entorno favorecedor para la consecución del Plan
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Fuente: Comisión Europea

El análisis del “Clean Energy for all Europeans” realizado en este capítulo ha permitido abordar aquellos aspectos centrales que fueron debatidos en el Simposio de FUNSEAM y que quedan recogidos a lo largo de este libro. En los próximos meses veremos el avance de la propuesta legislativa. El acierto de las medidas determinara la capacidad competitiva de la industria europea en el ámbito de la eficiencia energética y de las energías renovables y, en consecuencia, el cumplimiento de los objetivos que acaben aprobando el Parlamento y el Consejo.

Referencias:

  • CE ( 2016), Propuesta de DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por la que se modifica la Directiva 2012/27/UE, relativa a la eficiencia energética. 2016/0376 (COD) y Anexo 1.
  • CE (2016), Propuesta de DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por la que se modifica la Directiva 2010/31/UE, relativa a la eficiencia energética de los edificios. 2016/0381 (COD) y Anexo 1.
  • CE (2016), Propuesta de DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables (refundición). 2016/0382 (COD) y Anexos 1-12.
  • CE (2016), Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativo a la gobernanza de la Unión de la Energía, y por el que se modifican la Directiva 94/22/CE, la Directiva 98/70/CE, la Directiva 2009/31/CE, el Reglamento (CE) n.º 663/2009, el Reglamento (CE) n.º 715/2009, la Directiva 2009/73/CE, la Directiva 2009/119/CE del Consejo, la Directiva 2010/31/UE, la Directiva 2012/27/UE, la Directiva 2013/30/UE y la Directiva (UE) 2015/652 del Consejo y se deroga el Reglamento (UE) n.º 525/2013. 2016/0375 (COD y Anexos 1-11.
  • CE (2016), Propuesta de DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad (versión refundida). 2016/0380 (COD) y Anexos 1-5.
  • CE (2016), Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativo al mercado interior de la electricidad (refundición). 2016/0379 (COD)
  • CE (2016), Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO sobre la preparación frente a los riesgos en el sector de la electricidad y por el que se deroga la Directiva 2005/89/CE. 2016/0377 (COD) y Anexo 1.
  • CE (2016), Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por el que se crea la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación de los Reguladores de la Energía (refundición). 2016/0378 (COD) y Anexo 1.
  • CE (2016), Comunicación de la Comisión, Plan de trabajo sobre diseño ecológico 2016-2019. COM(2016) 773 Final
  • CE (2016), Comunicación de la Comisión Europea al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo, al Comité de las Regiones y al Banco Europeo de Inversiones. Acelerar la innovación en energías limpias. COM(2016) 763 final y Anexo 1.
  • CE (2016), Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones. Estrategia europea sobre los sistemas de transporte inteligentes cooperativos, un hito hacia la movilidad cooperativa, conectada y automatizada.
  • CE (2016), Informe de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones. Precios y costes de la energía en Europa. COM(2016) 769 final.
  • CE (2016), Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la ejecución del Programa Energético Europeo para la Recuperación y del Fondo Europeo de Eficiencia Energética. COM(2016) 743 final y Anexo 1.
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Published on 10/05/18
Accepted on 07/04/18
Submitted on 26/03/18

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